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Trabajo de campo 2023–2024

El Idescat lleva a cabo la Encuesta del empleo del tiempo 2023–2024, que consta de tres cuestionarios: el del hogar, el individual y el diario de actividades. A partir de noviembre de 2023 comienza el trabajo de campo, que tendrá una duración de un año.

Si usted es titular de la muestra, cuando haya comenzado a responder el cuestionario, puede salir de la aplicación y volver a entrar cuando le convenga (con el mismo usuario y contraseña), ya que la información queda registrada.

Puede cumplimentar los cuestionarios según la fecha de cumplimentación asignada en la carta postal que ha recibido y puede hacerlo en cualquiera de las tres modalidades: en línea, por teléfono o presencialmente.

El plazo para contestar el cuestionario del hogar es, como máximo, cuatro días después de la fecha de cumplimentación del diario de actividades que encontrará asignada a la carta postal que ha recibido anteriormente. (En el caso de los hogares reserva, la fecha se asigna si se contacta.)

Una vez que haya respondido el cuestionario del hogar, se activarán los cuestionarios individuales y diarios de actividades (tantos cuestionarios como miembros del hogar de 10 años o más).

Podrá acceder a los cuestionarios individuales entre 4 días antes de la fecha asignada de cumplimentación del diario de actividades y 4 días después. Podrá acceder a los diarios de actividades entre la fecha asignada de cumplimentación y 4 días después.

Consultas

Teléfono: 900 055 130 (de lunes a viernes, de 08:00 a 21:30 horas, y sábados, de 10:00 a 14:00 horas).

Correo electrónico: usdeltemps arroba idescat punto cat

Legislación sobre secreto estadístico y respuesta obligatoria

La información que se solicita es para elaborar una estadística oficial. La Administración y el personal que utilice dicha información están obligados por ley al secreto estadístico, es decir, a no divulgarla de ninguna manera y a no utilizarla para ninguna otra finalidad que no sea la elaboración de una estadística oficial. Todos los ciudadanos, las entidades y las instituciones están obligados por ley a proporcionar la información que se solicita, y esta información debe ser completa y verídica (art. 38 y 39 de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña).